Cuando se crea una sociedad, uno
de los requisitos establecidos por la ley es la determinación del capital
social de la misma, que se corresponde con las aportaciones dinerarias o en
especie que los socios han hecho efectivas, y que constituye el valor de los
bienes que posee la sociedad. Este valor es el que servirá así mismo de garantía
ante los futuros acreedores y será determinante a la hora de establecer el
endeudamiento asumible por la sociedad.
En relación con la sociedad
Sevillistas Unidos 2.020 SL, como
puso de manifiesto la asociación Accionistas
Unidos SFC en su web en el artículo titulado “Quién
está detrás de SU2020”, aparece como tal en el Registro Mercantil tras un
cambio de denominación de la sociedad Triple Siete Adquisiciones SL,
anteriormente Global Kengai SL. Está última, que podemos considerar sociedad
originaria se constituyó el 7 de febrero de 2.018 con un capital social de solo
3.600€ (el capital social mínimo requerido por la Legislación para la creación
de una sociedad limitada es de 3.000€) que como tal son los fondos propios de
la compañía con los que hacer en principio frente a los gastos derivados de su
actividad.
Para el desarrollo de su actividad
una sociedad puede necesitar aumentar estos fondos propios, lo que es posible a
través de dos formas principalmente; mediante el endeudamiento, donde el capital
social será determinante para la garantía del crédito a obtener, ya que en una
sociedad limitada responde por las deudas el capital social y no el patrimonio
de sus socios, y en segunda opción a través de una ampliación de capital, que
supone una nueva aportación de los socios que debe inscribirse en el Registro
Mercantil.
Actualmente, el capital social de
Sevillistas Unidos 2020 SL continúa siendo 3.600€ y su carácter UNIPERSONAL, siendo su propietario
único Nutmeg Acquisition LLC, una sociedad constituida en el estado americano de
Delaware el 4 de marzo de 2.018. Por lo tanto, mientras no se modifique esta cualidad
con la entrada de nuevos socios, solo la sociedad americana podría haber
realizado nuevas aportaciones al capital, hecho que no consta en el Registro
Mercantil.
La importante compra de acciones
del Sevilla Fútbol Club por parte de Sevillistas Unidos 2.020 SL, principalmente
de acciones de pequeños accionistas, fue refrendada por su apoderado Andrés Blázquez
en una entrevista en Orgullo de Nervión donde manifestaba “hemos comprado acciones del Sevilla por casi diez millones de euros”. Una
inversión de este calibre para una sociedad constituida meses antes con un
capital social que representa el 0,036% de la inversión, resulta cuanto menos llamativa,
especialmente cuando su propietaria, una LLC, fue creada semanas antes en un
estado americano que permite la opacidad de los administradores de este tipo de
sociedades.
En la misma entrevista Blázquez indica que son 22 los miembros que componen Sevillistas Unidos 2.020 SL lo que choca con el carácter unipersonal de la sociedad. Unipersonalidad que, de ser como dice el apoderado y no habiendose producido ampliación de capital alguna ¿implicaría que estos 22 socios deberían aparecer integrados en la sociedad propietaria Nutmeg Acquisition LLC al otro lado del Atlántico?. De ser así, sería un hecho que la Legislación tributaria tambien exige declarar a toda persona física o jurídica residente en territorio español, cuando tras la aprobación de la Ley 7/2012 se estableció la obligatoriedad de informar sobre los bienes situados en el extranjero.
Muchas son las interrogantes que
se abren sobre el accionariado sevillista y qué papel juegan estas sociedades
que están apareciendo en el fútbol nacional. Será con la presentación del Impuesto
sobre Sociedades y del modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, cuando la Agencia Tributaria determine si esa importante
inversión de diez millones de euros se ha ajustado a derecho y si el incremento
patrimonial que supone ese volumen de acciones del Sevilla Fútbol Club muestra
correspondencia con el activo de la sociedad.
En los últimos años la
Agencia Tributaria está mirando con atención todo lo que se mueve alrededor del
fútbol nacional, no en vano, al margen de las numerosas denuncias sobre los honorarios percibidos por los futbolistas y sus representantes, nos llama la atención la noticia de este 1 de febrero publicada en el diario Granada Hoy, de la reclamación por parte de la Agencia a la Audiencia Nacional, de la documentación sobre el proceso
que se sigue contra Pina y el Granada C.F., tras conocerse que el club
granadino era propiedad de 12 sociedades radicadas en paraísos fiscales, por las repercusiones recaudatorias que de esos hechos trasciendan.
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